DEFINICION DE IMPUESTOS
TRATADISTAS

Eheberg: Los impuestos son prestaciones al estado y entidades de derecho público que reclaman, en virtud de su poder coactivo, en forma y cuantía determinadas unilateralmente y sin contraprestación especial con el fn de satisfacer las necesidades colectivas.

Nitti: el impuesto es una cuota parte de su riqueza, que los ciudadanos dan obligatoriamente al estado y a los entes locales de derecho administrativo para ponernos en condiciones de proveer a la satisfacción de las necesidades colectivas.

Vitti de Marco: el impuesto es una parte de renta del ciudadano, que el estado percibe con el fin de proporcionarse los medios necesarios para la producción.

José Álvarez de Cienfuegos: el impuesto es la parte renta nacional que el estado se apropa para aplicarla a la satisfacción de las necesidades publicas.

Luiggi Cossa: el impuesto es una parte proporcional de la riqueza de los particulares deducido por la autoridad pública a fin de proveer a aquella parte de los gastos de utilidad general que no cubren las rentas patrimoniales.

Gastón Jéze: características:
1._es una prestación de valores pecuniarios.
2._la prestación del individuo no es seguida para una contraprestación del estado.
3._el constreñimiento jurídico.
4._se establece según reglas fijas.
5._se destina a gastos de interés.
6._es debido por el hecho de que los individuos forman parte de una comunidad política organizada.

Leroy Beaulieu: el impuesto es pura y simplemente una contribución, sea directa, sea disimulada, que el poder público exige de los ciudadanos para subvenir a los gastos del gobierno.

Seligman: un impuesto es una contribución forzada de una persona para el gobierno para costear para el gobierno para costear los gastos realizados en intereses comunes sin referencias a los beneficios especiales prestados.

Manuel Morselli: el impuesto es una deducción obligatoria de riqueza privada, querida por el estado y entidades menores para ser destinada a la consecución de los fines generales de la vida pública.

Código Fiscal de la Federación: son impuestos las prestaciones en dinero o en especie, que el estado fija unilateralmente y con carácter obligatorio a todos aquellos individuos cuya situación coincida con la ley señala como hecho generador del crédito fiscal.


En el siglo V en Europa la economía se vuelve de tipo rural. Era rudimentaria porque solo se pretendía que el campo produjera lo necesario para el uso y consumo.
Esto explica la frecuencia con que en esta época apareció la plaga del hombre.
Grandes propiedades se le daban a los cartesianos a cambio del reconocimiento del señor, protestando el señor, fidelidad, lealtad, promesa que se debía de renovar cada ves que había cambio del señor.
Los aldeanos estaban divididos en dos categorías: los ingenuiles u hombres libres (no podían ser sometidos a trabajo serviles), los siervos (realizaban los trabajos viles, eran los sucesores e los esclavos).




EL VASALLO
El vasallo tenia obligaciones que se podían dividir en dos: 1) la relativas o la prestación de servicios personales y 2) las relativas o las prestaciones económicas.
PERSONALES
Entren las personales se encontraban el servicio militar (era acompañar al señor a las guerras, permanecer de guardia en el castillo y alojar en su casa a los visitantes del señor), también esta obligado a dar consejos en los negocios concurriendo a las audiencias, que reglamentadas solo se celebraban 3 veces al año (pascua, Pentecostés y noche buena).
ECONOMICO
Entre las prestaciones de carácter económico estaban las de ayuda con dinero, pagar el rescate del señor, equiparlo para las cruzadas, cuando se casaba su hija y cuando se armaba caballero su hijo.
Si el vasallo vendía su feudo con el consentimiento del señor debía de pagar un impuesto, que a veces era de tres años de renta o cuando heredara el feudo algún pariente colateral se cobraba relieve.

LOS SIERVOS
Los siervos tenían 2 clases de obligaciones: 1) prestación de servicios personales y 2) de carácter económico.

ECONOMICO
La capacitación: era lo que se pagaba por cabeza (cada miembro de la familia) generalmente al año.
El formariaje o servidumbre: era la cantidad que pagaba por siervo o sierva por casarse con personas extrañas al feudo o del mismo.
La mano muerta: el derecho de apoderarse le señor de la herencia de sus siervos para que percibiera la herencia debía de pagar un crédito de rescate llamado “derecho de relieve”.

LAS RENTAS MAS COMUNES ERAN LAS SIGUIENTES:

El censo, era una renta en metálico que se tenía que pagar en proporción de su predio.
Pecho o talla, se llamaba así por que al momento de pagar el impuesto se hacia una talla con un chuchillo en un pedazo de madera en un pedazo de la puerta. Era impuesto una o varias veces al año.
Las tasas de rescate, eran cantidades que se pagaban en cambio de la supresión de prestaciones de servicios personales o en especie.
Otras prestaciones consistían en cargas en especie.
Se cobraban en derecho de metálico o en grano por cada cabeza de ganado por la venta.
Los labriegos estaban obligados a cocer su pan en el horno del señor, moler trigo en el molino del señor debiendo pagarlo en especie (banalidades).


PRESTA PERSONALES

Los aldeanos debían de cultivar las tierras del señor, cuidar sus viñedos, cegar sus trigos, almacenar sus mieses, debían transportar la leña, la piedra, los alimentos, reparar los caminos y los edificios.

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